HORARIO DEL COLEGIO

Este horario corresponde al funcionamiento normal del colegio.

El establecimiento se abre a las 07:35 horas y las actividades docentes se extienden hasta las 18:45 horas, de lunes a viernes, contemplando recreos y hora de colación, según lo establecen los horarios de clases de cada uno de los niveles por jornada y  actividades extra programáticas elegidas por los alumnos.

  • Lunes a viernes  7:50 a 12:20 hrs.
  • Lunes a viernes de 13:45 a 18:15
  • Lunes a viernes 13:45 a 17:45 hrs.

 

1° y 2° básicos  jornada de la mañana:

  • Lunes, martes, miércoles y viernes de 7:50 a 12:45 horas. 
  • Jueves   7:50 a 15:10 horas. 

 

1° y 2° básicos jornada de la tarde

  • Lunes a jueves de 13:45 a 18:40 horas
  • Viernes  11:15 a 18:25 horas. 

3° básico a 8° básico

  • Lunes a jueves de 7:50 a 15:10 hrs
  • Viernes de 7:50 a 12:45 hrs.

I° Medio a IV° Medio

  • Lunes a jueves de 7:50 a 15:55 hrs.
  • Viernes de 7:50 a 12:45 hrs.

 

 

Los estudiantes deben asistir regular y puntualmente a clases de acuerdo al horario establecido para el inicio de la jornada y de cada clase en particular. De acuerdo a la legislación vigente el alumno deberá cumplir, a lo menos, con un 85% de asistencia anual como requisito de promoción. La asistencia de los alumnos a otras actividades organizadas o patrocinadas por el Colegio es obligatoria.

 

Todos los alumnos deberán llegar puntualmente a sus clases, ya sea al inicio como durante la jornada. Asimismo, deberán hacerlo en todas las actividades programadas por el establecimiento en las cuales deban participar. El establecimiento no podrá impedir el ingreso del estudiante por causales de atraso al ingreso al colegio; sin embargo, el llegar atrasado constituye una falta, que debe ser registrada, y ameritará la realización de trabajos extra programáticos al interior del colegio por parte del alumno, luego del término de la jornada escolar.

 

Los atrasos en ningún caso podrán ser sancionados con la prohibición del ingreso al establecimiento educacional.

 

Las inasistencias de los estudiantes deben ser justificadas por el apoderado oportunamente, de forma escrita, y/o en forma personal cuando así lo requiera Inspectoría. La justificación debe presentarse inmediatamente el día que retorne a clases. En caso de enfermedades donde el estudiante se ausente por más de dos días, el apoderado deberá informar y justificar en Inspectoría General presentando certificado médico dentro de las 48 horas.

 

Todo retiro de estudiantes que sea efectuado antes del término de la jornada escolar, deberá ser efectuado por el apoderado/a titular o suplente, presentando un argumento que justifique dicho retiro. Toda salida de un alumno antes del término de la jornada escolar deberá ser solicitada y efectuada personalmente por el apoderado o quien éste determine; se sugiere a los apoderados que toda consulta médica o dental a la cual deban concurrir los alumnos, la efectúen en jornada alterna.

 

No se aceptaran solicitudes de retiro a través de llamadas telefónicas y comunicaciones escritas. En caso que exista alguna medida de protección que impida el acercamiento de alguna persona al estudiante, será responsabilidad del o la apoderado informar a Inspectoría General con el respaldo del documento respectivo; para que se tomen las medidas correspondientes por parte del Establecimiento.