REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
CONSIDERACIONES GENERALES:
La biblioteca es un centro de recursos destinado a facilitar el proceso de enseñanza – aprendizaje poniendo a disposición de alumnos, profesores y demás miembros de la comunidad educativa, un conjunto de materiales impresos y audiovisuales que cumplen un rol fundamental como apoyo a dicho proceso.
Está abierta entre las 8:00 y las 17:30 horas, con excepción del horario de colación, entre las 14:30 y las 15:00 horas y después de cada recreo durante 10 minutos.
Para ingresar en horas de clases, los alumnos deberán ser autorizados (por escrito) por el profesor que corresponda.
Pueden hacer uso de la biblioteca: alumnos, profesores, y personal del colegio, quienes pueden estudiar, hacer tareas, realizar consultas, o leer por iniciativa propia.
LA BIBLIOTECA
• es un lugar de tranquilidad y silencio.
• no es un lugar de castigo.
• no es sala de juegos.
Los materiales de biblioteca no se deben rayar ni recortar y deben ser devueltos a la persona encargada dentro de la biblioteca cuando se cumpla el plazo de entrega.
Cualquier evento extraordinario a realizar en biblioteca se deberá avisar con anticipación a la persona encargada.
Las normas que a continuación se detallan deberán ser acatadas por todos los usuarios sin excepción
Artículo I.
SERVICIO DE CONSULTA
El Servicio de Consulta es el servicio de información y orientación a través del cual el usuario llega a las fuentes de información deseadas.
TAREAS Y TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN
1. El profesor deberá constatar, previamente, si se encuentra el material requerido, para agilizar y optimizar el servicio a los alumnos.
2. La encargada de biblioteca ayudará a los usuarios a localizar la información que éstos requieran.
Artículo II.
SOBRE LA PERMANENCIA EN LA SALA DE BIBLIOTECA
1. Pueden ingresar a biblioteca, sólo las personas que deseen informarse, realizar tareas, estudiar o leer por diversión. En caso contrario no se les permitirá el ingreso.
2. Con el fin de mantener la limpieza del lugar y de los libros, no se permite comer en biblioteca.
3. Está prohibido jugar y correr dentro de la biblioteca y junto a las puertas de acceso y los ventanales.
4. Los alumnos pueden permanecer en biblioteca durante los recreos y después de clases. Cada vez que toquen el timbre para entrar a clases, la biblioteca se cerrará durante 10 minutos.
5. Para ingresar en horas de clases deberán ser autorizados (por escrito) por el profesor que corresponda.
Artículo III.
EVENTOS ESPECIALES
Cualquier actividad extraordinaria, como proyección de diapositivas, exhibición de películas, reuniones, etc., deberá ser avisada con anticipación para informar a los usuarios, el día y la hora en que no se podrá usar la biblioteca; preparar la sala para el evento y coordinar con el personal de aseo.
Artículo IV.
SOBRE LA CREDENCIAL DE BIBLIOTECA
1. Alumnos: indispensable el uso de credencial para retirar cualquier material de la biblioteca.
a) Permite retirar sólo un ejemplar por alumno (a la vez).
b) Será retenida mientras el material no sea devuelto.
c) Es intransferible. No se aceptarán credenciales “prestadas”.
2. Personal del colegio: no requiere credencial para retirar material de biblioteca. Debe concurrir personalmente a solicitar el préstamo.
Artículo V.
SOBRE LOS PRÉSTAMOS
El Servicio de préstamo es aquel que pone el material de biblioteca a disposición de los usuarios.
TIPOS DE PRÉSTAMO:
1. En la sala de biblioteca: El encargado facilita los libros para su consulta o lectura en el mismo lugar. No se requiere ningún procedimiento especial; excepto si la biblioteca está demasiado concurrida; en tal caso, se exigirá la credencial de biblioteca para llevar algún material a las mesas de lectura. En todos los casos, se podrá consultar libremente sobre el mesón.
2. En el aula: Se prestan al aula materiales que normalmente serán usados por el profesor y los alumnos; pueden ser libros de la colección general, de referencia, materiales audiovisuales, instrumentales o digitales. Este préstamo es por la hora de clases.
3. A domicilio: Cualquier miembro de la comunidad escolar puede llevar un libro a su casa por un periodo determinado, excepto los textos con indicación de uso interno (ver punto 1 de “Plazos de entrega”).En todos los casos anteriores sólo se prestará un ejemplar por usuario. Para solicitar un nuevo material deberá devolver el anterior.
Si una persona tiene en su poder un libro que le fue prestado por una semana y necesita un segundo libro para trabajar dentro del establecimiento, deberá entregar el primero en biblioteca, éste quedará reservado por ese día, hasta que devuelva el otro. (esto es válido para cualquier otro material de biblioteca). Si el usuario no respeta el plazo indicado perderá la reserva.
4. Préstamos para el curso:
Se aceptará este tipo de préstamos Ej.: 40 atlas, 20 diccionarios), sólo si el profesor concurre a la biblioteca personalmente a hacer el pedido o envía una autorización por escrito mediante la papeleta que ha sido especialmente diseñada para este trámite.a) La devolución deberá hacerse antes del término de la clase y el profesor verificará si el material fue devuelto en su totalidad (ver * “Anexo para el profesor”).
*Anexo para Profesor:_ Haga una lista de las personas que se harán responsables anotando junto a cada nombre, el título del libro y el código que aparece en el marbete (cinta adhesiva que corresponde al número del libro).
Este trámite hace más fácil identificar a la persona responsable en caso de cualquier incidente.
_ Devuelva el material antes del término de la clase.
_Verifique en biblioteca, si el material fue devuelto en su totalidad y en buen estado.
PLAZOS DE ENTREGA:
La duración del préstamo varía según el tipo de material, según se detalla:
1. Colección de consulta o referencia (uso interno):
Está integrada principalmente por enciclopedias, diccionarios y almanaques: no se prestan a domicilio.
2. Colección general:
Aquellos de contenido informativo específico y aquellos de carácter recreativo, destinados a ser leídos en su totalidad, o gran parte de ellos: textos literarios, juegos matemáticos, ensayos, etc.
Se prestan por una semana, como plazo máximo, pudiendo autorizarse la ampliación del préstamo siempre que el material no haya sido reservado por otro usuario.
3. Colección de reserva:
Está integrada por las obras que están incorporadas en la bibliografía de los diferentes cursos del establecimiento y son constantemente requeridas por alumnos profesores. Por esta razón, su préstamo es limitado. Los textos literarios se prestan por una semana.
Otros libros como textos de historia, lenguaje, biología, etc. se prestan durante la hora de clases.
4. Publicaciones periódicas:
Forman este conjunto: diarios, folletos y revistas cuyo contenido de actualidad no se encuentra en los libros.
Revistas: Se prestan por el día o por dos días hábiles como máximo porque sólo existe un ejemplar de cada una. El último ejemplar será exhibido y su préstamo quedará restringido a la sala de lectura, lo mismo ocurrirá si algún material se solicita con mucha frecuencia.
a) Diarios: De libre consulta en la sala de biblioteca, luego de leerlo será devuelto a su lugar, compaginado y ordenado. Ningún usuario podrá retirar de biblioteca el diario del día.
5. Materiales especiales (audiovisuales, digitales, instrumentales, etc.):
a) CD ROM: Sólo para uso en biblioteca.
b) Cintas de video y diapositivas: Se prestan durante el día; y a domicilio por un día hábil, avisando al profesor o la Inspectoría General del sector correspondiente.
c) Documentos gráficos que no requieren ser proyectados (mapas murales, láminas, etc.):
Pueden ser pedidos por profesores y alumnos para apoyar clases y disertaciones y para uso en biblioteca. Sólo por la hora de clases.
6. Material instrumental o concreto (juegos, utensilios, modelos, instrumental, etc.):
a) Material de apoyo (Ej.: modelos de anatomía, globo terráqueo, etc.): Se procederá como en el caso de los documentos gráficos anteriormente señalados.
b) Juegos de mesa: Su uso en biblioteca será después de clases; nunca en recreo, para no causar el ruido a quienes leen. Para llevar a la sala, debe acudir personalmente a biblioteca, el profesor o inspector que esté a cargo del curso. Se devuelven durante el mismo día del préstamo.
RESERVACIONES:
Si algún usuario pide un material que se encuentra prestado, se le hace una reservación; apenas es devuelto, se avisa al interesado.
PARA AMPLIAR PLAZO DE PRESTAMOS:
Se puede realizar siempre que el material prestado no haya sido reservado por otra persona. La renovación del préstamo no es automática, por lo tanto, quien no realice este trámite, será considerado deudor.
1. Textos de lectura obligatoria: no se renovará su préstamo por tratarse de ejemplares con alta demanda, excepto si el número de ejemplares fuera el mismo que el número de usuarios que los solicita, o lo excediera.
2. Libros de la colección de reserva (historia, biología y otros): La persona encargada de biblioteca podrá hacer una excepción teniendo en cuenta el tipo de texto (extensión, precio del mismo, cantidad de copias) y se dejará una constancia en la Inspectoría del sector que corresponda. En este caso el préstamo no excederá a dos días hábiles.
PÉRDIDA O DETERIORO DEL MATERIAL PRESTADO:
1. Cualquier préstamo incluye el registro de los datos del material prestado y el nombre del usuario, quien será el único responsable en caso de pérdida o deterioro de dicho material.
2. Al momento del préstamo el usuario debe revisar el material recibido e informar si el ejemplar presenta algún daño. Lo mismo hará persona encargada de biblioteca cuando el material sea devuelto.
3. En caso de pérdida, la persona responsable deberá devolver otro ejemplar del mismo material o su equivalente en dinero correspondiente al valor comercial del libro.
Artículo VI.
SOBRE LA DEVOLUCIÓN DE LIBROS Y OTROS.
Al momento de pedir cualquier material a biblioteca el usuario estará consciente de que:
1. Cualquier devolución se hará a la persona encargada dentro de la biblioteca. No se aceptarán devoluciones en pasillos u otros lugares del establecimiento.
2. El material dejado sobre el mesón de préstamo, sin aviso, no se considerará devuelto.
3. Si por razones de fuerza mayor, el usuario se viera en la obligación de enviar a otra persona a devolver el material, quién solicitó el préstamo y no el portador será el responsable de que el material llegue oportunamente y en buenas condiciones.
4. No se aceptarán préstamos entre los usuarios. Una vez cumplido el plazo de entrega, la persona que a continuación quiera solicitar el material, deberá acercarse personalmente a biblioteca.
Artículo VII.
SANCIONES POR ATRASOS EN LA DEVOLUCIÓN:
Se considera atraso a partir de un día después de cumplida la fecha de entrega previamente acordada. Si el usuario no devuelve el material en el plazo establecido se procederá a aplicar las sanciones correspondientes:
1. Para todos los usuarios, sin excepción:
a) El deudor no tendrá derecho a pedir materiales de la biblioteca mientras no realice la devolución correspondiente.
b) Cada día de atraso en la devolución será equivalente a una semana sin derecho a retirar libros (en el caso de los alumnos, la credencial quedará retenida durante este tiempo).
2. Sólo para los alumnos:1º Comunicación al apoderado.
2º Citación al apoderado.
3º Condicionalidad.
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